A finales del mes de marzo de este año, el Gobierno Mexicano publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana 051, mejor conocida como NOM 51, la cual estipula un nuevo etiquetado de alimentos y bebidas ¿Cuáles son los cambios en las etiquetas de producto que estipula la NOM 51?
Nuevo etiquetado con un objetivo claro
La nueva regulación de etiquetado tiene como objetivo que la población conozca, de manera sencilla y rápida, el contenido de los productos que están consumiendo. Con esta información, se busca que las personas identifiquen aquellos productos que contienen un alto contenido en azúcares, sodio o grasas saturadas para que, en medida de lo posible, reduzcan o eviten su consumo.
¿Cuáles son los cambios?
Además del etiquetado reglamentario (información nutrimental, lote, embalaje, fecha de caducidad y demás elementos), las nuevas etiquetas tendrán unos octágonos informativos y eliminarán el uso de personajes para la promoción de los mismos.
Octágonos. La población requiere de un método sencillo que le permita conocer el contenido de los productos. Con ese objetivo, la NOM 51, estipula el uso de octágonos negros con un contorno blanco en la esquina superior derecha de la superficie principal que exhiba el producto. En el caso específico de los productos cuya superficie de exhibición sea menor a los 60 centímetros, los octágonos podrán exhibirse en cualquier parte.
¿Qué contienen los octágonos?
Los octágonos contienen la información del contenido del producto:
- Exceso de calorías.
- Exceso de sodio.
- Exceso de grasas trans.
- Exceso de azúcares.
- Exceso de grasas saturadas.
- Exceso de edulcorantes o cafeína (para población infantil).
Con esta información, se busca que el cliente decida si consumir o no el producto, así como la cantidad en la que lo hará).
Productos sin personajes. Se ha hecho costumbre ver productos como los cereales haciendo uso de dibujos animados, mascotas, deportistas o celebridades para incentivar el consumo. Conforme a lo establecido por la NOM 51, a partir del 01 de abril de 2021, cualquier producto que contenga al menos uno de los octágonos mencionados anteriormente deberá eliminar dichos elementos promocionales.
¿Cuándo entrará en vigor la NOM 51?
Aunque el sector empresarial intentó aplazar dos años el inicio de vigor de la NOM 51 bajo el argumento de los costos que tendrá realizar dichos cambios en las etiquetas, será en este año 2020 cuando inicie su vigencia. Sin embargo, la NOM 51 se aplicará de la siguiente manera:
Primera fase. Del 01 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2023, donde se calculará y evaluará la información nutrimental de los productos.
Segunda fase. Del 01 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2025, en el cual se evaluará si los productos han reducido el contenido de sodio, azúcares, grasas trans y demás elementos que, en exceso, pueden ser nocivos para la salud.
Tercera fase. Del 01 de octubre de 2025 en adelante, donde los organismos especializados continuarán con el monitoreo de los productos y de las empresas productoras de los mismos.
La NOM 51 busca regular de una manera más eficaz los productos, para lograr una reducción de la población que vive con sobrepeso, obesidad, hipertensión, diabetes y demás enfermedades resultado del exceso de azúcar, grasas trans, edulcorantes y demás. En Operadora Logística Río Valle le brindaremos la asesoría necesaria para que usted importe sus productos a México con el etiquetado correspondiente. Contáctenos al Tel: (55) 22278662.