Ha entrado en vigor un acuerdo para prohibir la importación de mercancías producidas con trabajo forzoso y establece que la importación está sujeta a regulación en materia de trabajo forzoso u obligatorio, incluido el trabajo infantil forzoso u obligatorio, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Con la entrada en vigor de este acuerdo, publicado el 17 de mayo, se pone en marcha un mecanismo novedoso mediante el cual la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), en coordinación con la Secretaría de Economía y a través de intercambio de información con otras autoridades mexicanas y extranjeras, podrá investigar mercancías importadas a México que sean producidas total o parcialmente con mano de obra donde exista trabajo forzoso; de confirmarse, el Gobierno de México podrá determinar la prohibición de la entrada al territorio nacional de dichas mercancías.
Las investigaciones podrán iniciarse a solicitud de personas físicas o morales legalmente constituidas en México, o bien, de manera oficiosa por la
Secretaría del Trabajo cuando existan elementos de prueba suficientes para ello. La autoridad contará con un plazo de 180 días para investigar la
mercancía identificada a la luz de los indicadores de la Organización Internacional del Trabajo en materia de trabajo forzoso.
Compromiso del Gobierno para restringir la importación de mercancías producidas por trabajo forzado
A efecto de guiar al público en general respecto del funcionamiento de este mecanismo, la STPS y la Secretaría de Economía ponen a disposición
la Guía para la Instrumentación del Mecanismo para Restringir la Importación de Mercancías Producidas con Trabajo forzoso u Obligatorio.
De este modo, el Gobierno de México refrenda su compromiso con la erradicación del trabajo forzoso en las cadenas globales de suministro y con el
combate a las prácticas de competencia desleal que afectan a las empresas mexicanas y a las dinámicas productivas en la región de América del Norte.
Esto “coloca a nuestro país a la vanguardia de naciones que han adoptado un nuevo paradigma en el comercio exterior, basado en derechos humanos y
en el respeto a la dignidad de las personas, especialmente entre los sectores históricamente desfavorecidos”, señaló la Secretaría del Trabajo.
Asimismo, México da cumplimiento al artículo 23.6 del Capítulo Laboral del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el cual obliga
a los países miembros a establecer mecanismos para prohibir la importación de mercancías a su territorio procedentes de otras fuentes producidas en
su totalidad o en parte por trabajo forzoso.
Fuente: https://www.elfinanciero.com.mx
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