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Entrada del T-MEC promoverá uso de tecnologías en comercio exterior

Con la entrada en vigor del Tratado México y Canadá (T-MEC) se promoverá el uso de tecnologías de la información para efectuar diversos procedimientos en el comercio exterior, señaló el director de DAF Agencia Aduanal, Paul Martínez.

Algunos de ellos son la publicación de formatos en medios electrónicos relacionados con la importación, exportación o tránsito de mercancías; la declaración aduanal y la documentación relacionada en formatos digitales.

Se utilizará tecnología para agilizar los procedimientos para el despacho aduanero de mercancías, y el uso de sistemas para la comunicación entre operadores comerciales y administradores aduanales.

Además del pago electrónico de aranceles aduaneros, impuestos, cuotas y otros cargos, así como el uso de sistemas de Gestión de Riesgos, apuntó al participar en el webinar Implicaciones prácticas del T-MEC en la operación de las empresas IMMEX, que organizó INCOMEX, la tarde de este 11 de junio

En el encuentro virtual, el también agente aduanal expuso que a partir del 1 de julio próximo los importadores y exportadores deberán gestionar nuevos certificados de origen para acceder a un trato arancelario preferencial, pues ya no estarán vigentes los de NAFTA o TLCAN.

En cuanto al procedimiento para el certificado de origen explicó que no hay un formato oficial establecido, pero debe contener 9 elementos mínimos, que serán proporcionados en una factura, o en cualquier otro documento.

Entre estos elementos mínimos se debe determinar si el certificador es el exportador, productor o importador es el que tiene el certificado de origen, además de la dirección, teléfono y correo electrónico.

Así como la descripción de la mercancía, y la clasificación arancelaria de 6 dígitos.

A ello se añadirá la declaración: “Certifico que las mercancías descritas en este documento califican como originarias y que la información contenida en este documento es verdadera y exacta. Asumo la responsabilidad de comprobar lo aquí declarado y me comprometo a conservar y presentar en caso de ser requerido o a poner a disposición durante una visita de verificación la documentación necesaria que soporte esta certificación”.

Agregó que las obligaciones para quienes emiten la certificación de origen son: tener en su poder la certificación de origen al momento de solicitar el trato arancelario preferencial, y proporcionarla una copia el documento a solicitud de la administración aduanera.

Cuando el productor no es el exportador este último debe demostrar que la mercancía no fue sometida a ningún proceso distinto al necesario para transportarla o preservarla en buena condición, señaló Paul Martínez y apuntó que falta que la autoridad determine el mecanismo por el cual se comprobaría esto.

Los productores y exportadores deberán resguardar la información por 5 años, de manera física o electrónica, agregó.

Fuente: https://zetatijuana.com
Imagen: https://media.enfasis.com

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